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Historia Fiscal

Impuesto

Autor:Rodrigo Gordoa de la Huerta

La palabra impuesto tiene raíz en el participio de imponer, del latín Impositus. Apareció por primera vez en el diccionario de autoridades de la Real Academia Española en 1734, allí se le vincula con la palabra Tributum, es decir, como sinónimo del pago que deben hacer los súbditos al Rey. Así pues, la definición del siglo XVIII está ligada con una de las principales expresiones del poder de los Estados modernos que se ha extendido hasta el siglo XXI, a saber, su capacidad de ejercer un dominio fiscal sobre sus causantes. Ya sea bajo una relación entre el Rey y sus vasallos o entre los ciudadanos y la República, el pago de impuestos es una característica común entre distintos modelos de gobierno que, con el fin de subsistir, recurren a la captación de diversos ingresos, entre los que destacan los impuestos. A pesar de esta continuidad, la actividad tributaria se ha estructurado a lo largo del tiempo bajo distintas figuras fiscales. Prueba de ello son las palabras de Fonseca y Urrutia, quienes a finales del siglo XVIII señalaban el origen y fundamento básico del cobro de rentas reales de la Monarquía hispánica.

Hobbes (1651) Leviathan, or the Matter, Forme & Power of a Common-wealth, ecclesiasticall and civil. London: Andrew Crooke (editor). The British Library.

            Para estos funcionarios no había “…estado que pueda florecer, y lo que es más, ni conservarse sin unos fondos que, sufriendo las cargas indispensables a su constitución, le sirvan de sostén. Esto es una verdad que sube al grado de evidencia, tanto como la de que, para que haya aquellos, se necesita de la imposición de derecho cuyos rendimientos formen la masa en que consisten” (Fonseca y Urrutia, 1845, p. 10). Durante la época colonial los ingresos fiscales percibidos por la Corona de sus vasallos americanos fueron conocidos como derechos o rentas reales. Entre los principales ingresos del monarca podemos mencionar los derechos impuestos a la minería (diezmo y quinto), los que gravaban a la población indígena y de origen africano como una expresión del derecho de conquista (el tributo) o aquellos dedicados al comercio interior (alcabalas) y exterior (almojarifazgo). Además de esta estructura fiscal básica existieron distintas figuras fiscales, así pues, para mediados del siglo XVIII sumaban más de cincuenta (Sánchez, 2013, pp. 126- 127).

Pieter Brueghel (1620-1640) El recaudador de impuestos.

            Las justificaciones de la imposición de cada una de estas rentas reales entre los vasallos indianos tenían en común el uso de estos recursos como garantía de la defensa de la cristiandad, la protección del monarca hacia sus súbditos y el sostenimiento de la justicia y el gobierno. Con estos recursos fiscales se garantizaba el sostenimiento del orden político de la Corona hispánica. Estos reales derechos pueden ser clasificados, para fines prácticos, en gravámenes directos como el tributo (establecido como un “derecho de conquista” sobre la población indígena y africana) o los diezmos y quintos mineros ( gravámenes sobre la producción minera) o en indirectos, como el caso de las alcabalas ( impuesto ad valorem sobre la venta, permuta y trueque de mercancías) o el almojarifazgo (derechos sobre el comercio externo).

            La base tributaria de la Real Hacienda persistió durante el periodo de la Constitución de Cádiz en 1812 como rentas de la Hacienda Nacional y durante los albores de la Independencia se constituyeron como “rentas nacionales”.  Durante la primera mitad del siglo xix los gravámenes impuestos por los gobiernos monárquicos, federales y centralistas fueron conocidos como rentas nacionales, contribuciones o aranceles (véase la voz “Arancel” de Isabel Avella). En el primer caso, desde 1824 se reconocieron a los ingresos de la incipiente nación mexicana como las “rentas generales de la nación” (Dublán y Lozano, 1876, t. I, pp. 710-712). El órgano que reconoció en un primer momento estos ingresos y por extensión la soberanía de la nación sobre los ciudadanos, fue el soberano congreso general Constituyente de los Estados Unidos Mexicanos. Ya no era el Monarca hispano quien ejercía su potestad fiscal sobre sus vasallos, sino un Congreso Constituyente que dictó la distribución de recursos fiscales entre la Federación y los estados. Por extensión, el vínculo entre el gobierno republicano y los ciudadanos se transformó en una relación de contribuyentes que debían dotar al Estado de recursos para garantizar su existencia, pagar los gastos del ejército, la burocracia y solventar la deuda pública.            

Juan O´Gorman (1960) Retablo de la independencia. Museo Nacional de Historia.

            Entre las principales rentas nacionales podemos destacar los derechos aduanales o aranceles sobre la exportación e importación de bienes. Un denominador común de los erarios decimonónicos fue su dependencia crónica de los ingresos aduanales y de la deuda pública contraída con prestamistas nacionales y extranjeros. Ante esta situación, los gobiernos mexicanos plantearon la necesidad de establecer impuestos directos como una medida efectiva para encontrar mayores recursos fiscales. Entre las décadas de 1830 y 1850 se establecieron diversas contribuciones directas (como se les conoció a los impuestos directos) sobre las fincas rústicas y urbanas, los derechos de patente y profesiones, los impuestos sobre sueldos y salarios, gravámenes sobre artículos de lujo y las capitaciones sobre la población que antaño pagaba en forma de tributo (Jáuregui, 2006, p. 21).

 Por lo tanto, durante este periodo podemos hablar de ciudadanos / contribuyentes que pagaban derechos, aranceles y contribuciones para el sostenimiento del Estado. A pesar de estos matices, estas rentas y contribuciones eran en estricto sentido lo que hoy conocemos como impuestos. Si seguimos una definición clásica del impuesto como una obligación directa de los ciudadanos de transferir dinero sin contraprestación directa (Jáuregui, 2006, p. 10), ya desde la Constitución de 1857 se estableció la obligación de todos los mexicanos de “Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del Estado y municipio en que resida, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes,” (Artículo 31-II, Constitución de 1857). En este inciso de la Constitución se pueden observar las principales características que buscaron los gobiernos liberales para diseñar su propio sistema fiscal, conformado por contribuciones equitativas, uniformes y proporcionales que gravaran con justicia a los ciudadanos para el sostenimiento de los diversos niveles del Estado mexicano.

Moore (2010) Justice, seal on the floor of the National Archives rotunda. Washington.

En este punto nos podemos preguntar ¿cuándo se comenzó a emplear el término “impuesto” para designar a los ingresos fiscales del Estado? El uso del término “impuesto” se encuentra empleado de forma indistinta con “rentas” o “ingresos” en documentos oficiales como las leyes o las Memorias de Hacienda antes de las primeras décadas del siglo xx. Como ejemplo podemos señalar dos declaraciones del Secretario de Hacienda Manuel Piña y Cuevas de 1851. En su Memoria de Hacienda, el secretario expuso el “Estado general de valores de las rentas del erario nacional” (Memoria de Hacienda, 1851, p. 2) , mientras que en una declaración sobre el estado ruinoso de la Hacienda Nacional señalaba la necesidad de establecer “ los impuestos con que debe cubrirse el deficiente del erario nacional” ( El Zurriago, 19/07/1851, p.68).

El tránsito de emplear el término “impuesto” para todo ingreso fiscal fue paulatino y tuvo un claro punto de inflexión entre finales del siglo xix y las primeras décadas del siglo xx. A partir de la década de 1920, con el surgimiento y consolidación de impuestos directos como el Impuesto Sobre la Renta (ISR) e indirectos como el Impuesto del timbre o el Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles (ISIM), se hace claro el uso extendido del impuesto como sinónimo de ingreso fiscal. En la actualidad, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) define al impuesto como “…una contribución (pago) en dinero o en especie, de carácter obligatorio, con la que cooperamos para fortalecer la economía del país. Los impuestos, en todos los sistemas económicos de los países, sirven para proveer de recursos al gobierno y éste pueda alcanzar los objetivos propuestos en su planeación” (SAT, “Conceptos Tributarios, 2021).

SHCP  (2019) El SAT en el Plan Nacional de Desarrollo.

Como podemos apreciar, el impuesto es una contribución obligatoria vinculada a la ciudadanía. En ese sentido, es evidente la persistencia de un ideal liberal en el que los ciudadanos/ contribuyentes cumplen con sus obligaciones para sostener al Estado como garante de sus derechos (de ahí que sea también una obligación/ contraprestación por los servicios estatales) y de proveer las bases para fortalecer las economías y alcanzar los objetivos nacionales.

Palabras relacionadas: arancel, gasto público, norma, economia.

Referencias

Hemerografía

El Zurriago, Ciudad de México

Bibliografía

Constitución de 1857. Con sus Adiciones y Reformas hasta el año de 1901, México, Cámara de Diputados, 2011. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/biblioteca/bibdig/const_mex/const_1857.pdf

Dublán, Manuel y José María Lozano (1876), Legislación Mexicana, tomo I, Imprenta del Comercio.

Fonseca, Fabián de, y Carlos de Urrutia (1845), Historia general de Real hacienda escrita por don Fabián de Fonseca y don Carlos de Urrutia por orden del virrey conde de Revillagigedo, tomo I, México, Imprenta de Vicente G. Torres.

Jáuregui, Luis (coord.) (2003), De riqueza e inequidad. El problema de las contribuciones directas en América Latina, siglo xix, México, Instituto Mora.

Piña y Cuevas, Manuel (1851), Memoria de la Hacienda Nacional de la República Mexicana presentada por el Sr. Secretario del Ramo en julio de 1851, México, O´Sullivan y Nolan Impresores. Disponible en:  https://memoriasdehacienda.colmex.mx/mh/index.php/1841-1860/1851

Sánchez Santiró, Ernest (2013), Corte de caja: la Real Hacienda de Nueva España y el primer reformismo de los Borbones (1720-1755), México, Instituto Mora.

Sistema de Administración Tributaria, Diccionario de Conceptos Tributarios, disponible en: https://www.sat.gob.mx/consulta/61977/conceptos-tributarios

Vínculos externos:

Consulta las Memorias de Hacienda y otras publicaciones interesantes:

https://www.hmonetaria.com/biblioteca

https://memoriasdehacienda.colmex.mx/mhwp/

Conoce más sobre la historia de la cultura contributiva en México con esta serie de videos:

Memoria Tributaria de México. Capítulo I “Aztecas”

Memoria Tributaria de México. Capítulo II “Nueva España”

Memoria Tributaria de México. Capítulo III “México Independiente”

MemoriaTributaria Capítulo IV. “La restauración de la República”

MemoriaTributaria Capítulo V. “México en el siglo XX”

Conoce más sobre las contribuciones y el pago de impuestos en nuestro país con estas guías de la PRODECON  Lo que todo Contribuyente debe Saber

Revisa este reporte sobre estadísticas tributarias en AL y otros reportes similares en la página de la OCDE: Revenue Statistics in Latin America and the Caribbean 2021 | en | OECD

Acerca del autor

Rodrigo Gordoa De la Huerta

Licenciado en Historia y Maestro en Historia Moderna y Contemporánea por el Instituto Mora. Especialista en Historia Económica por el Programa Único de Especializaciones en Economía de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Economía (UNAM). Actualmente es doctorando en Historia Moderna y Contemporánea en el Instituto Mora.

Mención honorífica en el Premio Luis Chávez Orozco a la mejor tesis de licenciatura en historia económica, otorgado por la Asociación Mexicana de Historia Económica (2020) y merecedor del Premio Francisco Javier Clavijero en la categoría de mejor tesis de maestría, otorgado por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (2021). Profesor de la licenciatura en economía y en la especialización en historia económica, Facultad de Economía, UNAM. Sus líneas de investigación se enfocan en la historia económica y fiscal durante el periodo colonial.

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Historia Fiscal

Gasto público

Autor:Rodrigo Gordoa de la Huerta

Como contrapartida de los ingresos fiscales de cada Estado (en especial de los impuestos), todo gobierno debe erogar recursos para garantizar sus funciones e, incluso, su propia existencia. A lo largo del tiempo los estados modernos y contemporáneos han definido el gasto a partir de objetivos concretos. Bajo esta lógica es pertinente retomar el concepto del gasto desde su propia naturaleza y comprender los objetivos de cada gobierno en ciertos momentos determinados. Para mostrar esto, nos concentramos en el desarrollo histórico del gasto para el caso mexicano. 

Entre los siglos XVI y XVIII, la Real Hacienda de Nueva España, como parte fundamental del gobierno de la Monarquía Hispánica en sus territorios americanos, tuvo como principal cometido proveer los recursos necesarios con los cuales el Rey debía gobernar y defender a sus vasallos en América. Entre las principales obligaciones del monarca hispano se encontraba la defensa del reino, el gobierno por medio de la impartición de la justicia y la defensa de la fe católica (Sánchez, 2015, pp.73-75). Para cumplir con estas obligaciones, durante el periodo virreinal se ejerció un gasto de Real Hacienda que podríamos equiparar como un gasto público, ya que la función del monarca consistía en impartir justicia y garantizar la protección de sus súbditos.

Los principales gastos ejercidos por la Real Hacienda de Nueva España entre el siglo xvii y la primera mitad del xviii fueron: el gasto de guerra (remisión de recursos a las plazas del Gran Caribe y el Septentrión novohispano, mantenimiento de navíos, sueldos), los gastos de administración de Hacienda (principalmente los sueldos), el pago de la deuda pública, los gastos vinculados a los estipendios religiosos y las “remisiones a Castilla”, es decir, la transferencia de recursos fiscales hacia la Península Ibérica (Sánchez, 2015, p.76). La fuente de gasto más cuantiosa para la Real Hacienda fueron las múltiples guerras libradas por la monarquía durante el siglo XVIII. Entre los conflictos más costosos podemos señalar: la Guerra de Sucesión (1701-1714), la Guerra de la Oreja de Jenkins (1739-1748), la Guerra de los Siete Años (1756- 1763) y la guerra anglo- española (1776-1783) (Sánchez, 2013).

Jean Alaux (1839) Guerra de sucesión española. El mariscal Villars liderando la carga francesa durante la batalla de Denain. Palacio de Versalles

El resto del gasto durante este periodo se enfocó en su mayoría en la preservación de las posesiones españolas del Caribe y Filipinas, los estipendios religiosos y en mantener una organización gubernamental que conforme avanzó el siglo xviii se formó como un Estado moderno dotado de una extensa burocracia fiscal que en sí misma representó una carga considerable. Aunado a ello, el acelerado crecimiento del gasto llevó a la Corona a contraer diversos tipos de deuda que para finales del periodo colonial fueron un elemento importante en la bancarrota experimentada por la Real Hacienda de Nueva España entre las décadas de 1780 y 1810. (Marichal, 1999).

Con el inicio del proceso de la Guerra de Independencia (1810-1821) y con la reorganización que implicó el proceso de la Constitución de Cádiz en 1812 se suscitaron dos fenómenos. Por un lado, empezó a generalizarse el uso del término “gasto público” como equivalente de las erogaciones de la Hacienda Nacional. Por otra parte, la crisis y posterior colapso del erario novohispano se vieron acompañados de cambios sustanciales en la naturaleza del gasto: ya no se trataban de remisiones a las posesiones españolas en América y Asia, sino de la reconfiguración del gasto para sostener el esfuerzo bélico de la contrainsurgencia. Aunado a una reducción considerable de los egresos, como respuesta a la caída de los ingresos, se experimentó el fenómeno de sostener el esfuerzo bélico a toda costa y sufragar los salarios de los efectivos militares, la burocracia y en menor medida, cumplir con los compromisos contraídos por medio de la deuda pública y los préstamos. (Sánchez, 2016, pp.123-211).

Juan O´Gorman (1960) Mural Retablo de la Independencia

Los primeros gobiernos del México independiente modificaron de manera notable sus objetivos y, por lo tanto, la naturaleza del gasto público. Ya fuese un imperio, una república federal o una administración centralista, los gobiernos que existieron entre las décadas de 1820 y 1830 compartieron algunos objetivos y, por añadido, diversos gastos. En términos generales, los gobiernos mexicanos buscaron preservar la integridad territorial e independencia, el orden interno y la estructura burocrática. Por lo tanto, buena parte del gasto público en esta etapa se concentró en sostener al ejército y a la burocracia nacional. Ante las dificultades en la recaudación (dependencia crónica de los préstamos internos y externos, cesión de las aduanas, tensiones con los estados en materia de potestades fiscales), los primeros gobernantes acudieron a financiarse por medio de la deuda pública, que conforme pasó el siglo xix se convirtió en la principal carga para el erario mexicano. (Hernández Jaimes, 2013, pp. 227-292).

            En las décadas críticas de 1840, 1850 y 1860, los gobiernos mexicanos concentraron el gasto público en el sostenimiento de un costoso aparato burocrático y de pensiones, en el sostenimiento del esfuerzo bélico en contra de las intervenciones de potencias extranjeras como Francia y Estados Unidos y, principalmente, en la penuria sin fin del pago de las deudas interna y externa. (Ludlow y Marichal, 1998). Una de las principales características de la Hacienda nacional durante buena parte del siglo XIX fue la escasez de recursos fiscales para sufragar los gastos ya mencionados. Sin embargo, el financiamiento por deuda y el gasto público experimentaron modificaciones considerables a partir del triunfo de la República y con los sucesivos gobiernos liberales.

Diego Rivera (1935) Epopeya del pueblo mexicano. Palacio nacional de México.

El Porfiriato implicó un cambio notable en la naturaleza del gasto público. Después de varias décadas, el Estado mexicano pudo redirigir las erogaciones destinadas a atender el gasto bélico y el sostén de la burocracia hacia nuevas fuentes de gasto acorde con las políticas de fomento. A partir del empleo de recursos fiscales, préstamos internacionales e inversión privada, se otorgó prioridad al gasto público para impulsar el crecimiento del país y el beneficio del sector empresarial por medio del gasto en infraestructura (ferrocarrilera y portuaria) y en el desarrollo de obras públicas como el drenaje de la ciudad de México. En términos generales, el gasto público se enfocó en incentivar las inversiones extranjeras y locales. Entre los principales objetivos que guiaban la instrumentación del gasto podemos señalar la creación del mercado interno, fomentar la industria y el comercio exterior. (Castañeda Zavala, 2000).

David A. Siqueiros (1966) Del porfirismo a la revolución.

            Después del periodo revolucionario y de la reconfiguración del Estado mexicano a partir de la promulgación de la Constitución de 1917, la Hacienda Pública experimentó una renovación profunda. De manera paralela al proceso de formación de un erario nacional centralizado y del establecimiento de la federalización y coordinación fiscal de los ingresos, el gasto público tuvo nuevos bríos y objetivos. Entre las décadas de 1920 y 1970, los gobiernos posrevolucionarios se valieron de la política fiscal como un instrumento para impulsar el crecimiento económico y contrarrestar las fluctuaciones externas (Cárdenas, 1994, pp. 33-42). Las primeras décadas del siglo XX atestiguaron el uso de los egresos como principal medio para garantizar el crecimiento económico por medio del gasto en inversión productiva y la reducción en las erogaciones administrativas y militares. Sin embargo, uno de los rubros de mayor crecimiento del gasto fue el pago de la deuda pública, sobre todo tras una coyuntura en la que hubo exceso de liquidez en los mercados financieros internacionales, impulsada por créditos baratos promovidos por las ganancias petroleras, que favoreció la contratación de deuda de corto plazo. En 1982, tras el aumento de las tasas de interés en Estados Unidos, el gobierno mexicano no pudo sostener el servicio de la deuda y declaró la suspensión de pagos. Este malestar crónico continuó aquejando al erario mexicano durante los años ochenta hasta la reestructuración de la deuda en los años noventa.

Mural en honor a Lázaro Cárdenas en Jiquilpan, Michoacán

Entre finales del siglo XX y los primeros años del XXI, el Estado mexicano ha continuado con la tendencia secular de emplear el gasto público como un instrumento para distribuir los recursos de la federación, garantizar la prestación de los servicios generales del Estado, generar las condiciones necesarias que garanticen el desarrollo económico del país, dar cumplimento a las obligaciones contractuales del gobierno y procurar la impartición de justicia ( Diario Oficial de la Federación , 22-12-2005, p.1). En la actualidad, el Gobierno Federal ha optado por una continuación de los proyectos posrevolucionarios en materia de gasto público: se plantea un programa de egresos de la federación en el que se busque favorecer la inversión productiva frente al gasto administrativo y con una clara tendencia a priorizar los programas sociales como instrumentos de reducción de las desigualdades económicas, sociales y culturales en el país (Gaceta Parlamentaria, 2018, p. 1), sin embargo, persiste como un rubro notable el pago del servicio  de la deuda, tanto interna como externa.

SHCP (2022) Presupuesto de egresos de la federación, guía rápida. Transparencia presupuestaria.

Palabras relacionadas: impuesto, economía, arancel, keynesianismo

Referencias

Hemerografía

Diario Oficial de la Federación

Gaceta Parlamentaria

Bibliografía

Cárdenas, Enrique (1994), La hacienda pública y la política económica 1929-1958, México, Fondo de Cultura Económica/ El Colegio de México.

Castañeda Zavala, Jorge (2000), “La transformación de la Hacienda Pública: de la República Restaurada al Porfiriato” en Análisis Económico, vol.XV, núm. 32, pp.257-279.

Hernández Jaimes, Jesús (2013), La formación de la Hacienda pública mexicana y las tensiones centro- periferia, 1821- 1835, México, El Colegio de México/ Instituto Mora/ Instituto de Investigaciones Históricas, unam.

Ludlow, Leonor y Carlos Marichal (coords.) (1998), Un siglo de deuda pública en México, México, Instituto Mora/ El Colegio de Michoacán/ El Colegio de México/ iih- unam.

Marichal, Carlos (1999), La bancarrota del virreinato. Nueva España y las finanzas del Imperio español, 1780-1810, México, Fondo de Cultura Económica/ El Colegio de México.

Sánchez Santiró, Ernest (2013), Corte de caja: la Real Hacienda de Nueva España y el primer reformismo de los Borbones (1720-1755), México, Instituto Mora.

Sánchez Santiró, Ernest (2015), “ El gasto público de la Real Hacienda de Nueva España durante el siglo xviii: estructura, dinámica y contradicciones” en Ernest Sánchez Santiró (coord.), El gasto público en los imperios ibéricos, siglo xviii, México, Instituto Mora/ Conacyt.

Sánchez Santiró, Ernest (2016), La imperiosa necesidad. Crisis y colapso del erario de Nueva España (1808-1821), México, Instituto Mora/ El Colegio de Michoacán/ Conacyt.

Sistema de Administración Tributaria, Diccionario de Conceptos Tributarios, disponible en: https://www.sat.gob.mx/consulta/61977/conceptos-tributarios

Vínculos de interés:

Explora el observatorio del gasto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público:

Transparencia Presupuestaria

Compara distintos rubros de gasto público en el mundo:

Gasto público 2020 | datosmacro.com

Consulta la base de datos de gasto social de la OCDE:

Social Expenditure Database (SOCX) – OECD

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Acerca del autor

Rodrigo Gordoa De la Huerta

Licenciado en Historia y Maestro en Historia Moderna y Contemporánea por el Instituto Mora. Especialista en Historia Económica por el Programa Único de Especializaciones en Economía de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Economía (UNAM). Actualmente es doctorando en Historia Moderna y Contemporánea en el Instituto Mora.

Mención honorífica en el Premio Luis Chávez Orozco a la mejor tesis de licenciatura en historia económica, otorgado por la Asociación Mexicana de Historia Económica (2020) y merecedor del Premio Francisco Javier Clavijero en la categoría de mejor tesis de maestría, otorgado por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (2021). Profesor de la licenciatura en economía y en la especialización en historia económica, Facultad de Economía, UNAM. Sus líneas de investigación se enfocan en la historia económica y fiscal durante el periodo colonial.