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Historia Comercial

Ventaja Absoluta y Ventaja Comparativa

Autor: Isabel Avella Alaminos

A diferencia de otros términos económicos, la ventaja absoluta y la ventaja comparativa aparecieron tardíamente, entre finales del siglo XVIII y principios del siglo XIX, en los albores de la Economía como disciplina. Los dos se vinculan estrechamente entre sí y son la base, hasta nuestros días, de la explicación ofrecida por la teoría del comercio internacional sobre por qué se lleva a cabo el comercio exterior.

La palabra ventaja significa la “superioridad o mejoría de alguien o algo” o la “excelencia o condición favorable que alguien o algo tiene” con respecto a otra persona o cosa (RAE, 2014). Por ende, tanto la ventaja absoluta como la comparativa suponen una confrontación de la ganancia obtenida por un agente económico frente a otro al participar en el comercio exterior. La ventaja absoluta se refiere a la que un agente (persona, empresa o país) tiene frente a otro gracias a que, por su dotación de recursos, puede producir una mercancía con una menor cantidad de factores, esto es, con una mayor productividad. La ventaja comparativa alude a la diferencia entre los productores de un bien en función de su costo de oportunidad; se dice que uno la tiene en relación con otro cuando, incluso si no posee ventaja absoluta, “renuncia a una cantidad menor de otros bienes para producir el bien X”, es decir, “tiene el menor coste de oportunidad de producir ese bien” (Mankiw, 2004, pp.32-33) y, por tanto, le conviene especializarse en su elaboración y venta.

El principio de la ventaja absoluta -no así el término, que es posterior-, fue acuñado por Adam Smith en su obra Investigación sobre la naturaleza y causas de la riqueza de las naciones (1776) para defender las bondades del libre comercio versus la teoría de la balanza comercial mercantilista que lo limitaba. Smith se refirió a las ventajas del comercio exterior sin adjetivos. A contrapelo de la aseveración mercantilista sobre que el fin de la balanza comercial era obtener la mayor cantidad de metales preciosos posible, Smith planteó un concepto distinto al señalar que: “Por ventaja o ganancia se ha de entender, en todo caso, no el aumento de la cantidad de oro y de plata, sino el valor anual de la tierra y del trabajo del país, o el aumento del ingreso de sus habitantes en el curso del año” (Smith, 1997 (or.1776), p.432). En otras palabras, la ventaja debía traducirse en el nivel de renta obtenido.

Adam Smith

En cuanto a la naturaleza de dicha ventaja, Smith afirmó: “Que sean naturales o adquiridas las ventajas que un país tenga sobre otro, no tiene importancia al respecto. Pero desde el momento que una nación posee tales ventajas y otra carece de ellas, siempre será ventajoso para ésta comprar en aquélla que producir por su cuenta” (Smith, 1997 (or.1776), p.404). De lo anterior se desprende que esta ventaja, natural o no, se da cuando una nación puede ofrecer alguna mercancía que otra nación no tiene, necesita o desea adquirir. De acuerdo con Smith, incluso si una nación se propusiera producir un bien para dejar de importarlo, tendría que sopesar la conveniencia o no de hacer a un lado las ventajas de la división del trabajo: “Es sólo una ventaja adquirida la que posee un artesano con relación al vecino que se ejercita en otro oficio, y ello no obstante encuentran que es más beneficioso para ambos comprarse mutuamente que producir artículos extraños a la respectiva actividad.” (Smith, 1997 (or.1776), p.404). Independientemente de ello, es importante señalar que el grado de ventaja obtenido dependía del tipo de mercancías intercambiado, “pues los habitantes del pueblo que sólo exportase productos nacionales lograrían una mayor ventaja” (Smith, 1997 (or.1776), p.433).

En su libro Principios de economía política y tributación (1817), David Ricardo sentó las bases para desarrollar un concepto complementario al de la ventaja absoluta: la ventaja comparativa. Curiosamente, en sus escritos Ricardo tampoco enunció esta palabra como tal, sino que se refirió a los costos y beneficios del comercio. Al razonamiento de Smith sustentado en la división del trabajo, Ricardo añadió, de manera implícita, la idea del costo de oportunidad (alternativo) de los intercambios, tomando el ejemplo de Portugal e Inglaterra con base en los datos imaginarios que aparecen en el siguiente cuadro:

Aun cuando en términos absolutos la producción de tejidos y vino era más barata en Portugal, Ricardo señalaba que “Aunque se fabricase el tejido con el trabajo de 90 hombres, sería importado de un país donde requiera el trabajo de 100, porque le sería más ventajoso emplear su capital en la producción de vino, con el cual obtienen más tejidos de Inglaterra de los que obtendría traspasando una parte de su capital del cultivo de los viñedos a la manufactura de tejidos.” Esto ocurría porque, como se desprende de los datos del cuadro, Portugal podía producir una cantidad dada anual de vino empleando 12.5% hombres / año menos que para producir una determinada cantidad de tejidos en el mismo periodo; por su parte, Inglaterra podía producir una cierta cantidad anual de tejidos usando 20% hombres /año menos que para producir su vino. De esta suerte, el intercambio exterior quedaba justificado en tanto constituyera una vía relativamente menos costosa que otras para adquirir una mercancía al aprovechar en la forma más eficiente el capital y el trabajo propios.

En la obra Los principios de economía política (1848), de John Stuart Mill, ya aparece explícitamente la adjetivación de “absolutos” y “relativos” para referirse a este análisis de costos planteado por Ricardo: “no es una diferencia en el costo absoluto de producción la que determina el intercambio, sino una diferencia en el costo comparativo” (Mill, 1885 (or.1848), p.441). Llegó incluso a mencionar la palabra ventaja comparativa como tal al decir que “el capital no utilizado en una industria en la que [Inglaterra] no tenía ninguna ventaja comparativa […] necesariamente sería empleado en las industrias en las que teníamos una ventaja” (Mill, 1885 (or.1848), p.451).

Mill añadió una precisión importante acerca del sentido del término comparativo al señalar que “se debe entender claramente que por la diferencia en costo comparativo nos referimos a la diferencia en el costo comparativo de producir dos o más artículos en el mismo país, y no a la diferencia de costo del mismo artículo en dos países comerciantes diferentes” (Mill, 1885 (or.1848), p.442). Asimismo, Mill vinculó explícitamente la noción de los costos comparativos con la productividad cuando afirmó: “[…] si dos países que comerciaran juntos intentaran, hasta donde fuera físicamente posible, producir ellos mismos lo que ahora importan del otro, el trabajo y el capital de ambos países no serían tan productivos […]” (Mill, 1885 (or.1848), p.447). De ahí que, a semejanza de Smith, Mill criticase el mercantilismo y postulase, a contrapelo de éste, que “la única ventaja directa del comercio exterior consiste en las importaciones […] La teoría vulgar desdeña este beneficio y considera que la ventaja del comercio reside en las exportaciones, como si no fuese lo que el país obtiene, sino de lo que se separa, por su comercio exterior, lo que constituye la ganancia de éste” (Mill, 1885 (or.1848), p.449).

Ahora bien, el uso de los términos absoluto y comparativo se circunscribió, en un primer momento, al ámbito teórico anglosajón. En su manual de 1870, el español Olivan apenas aludía a ventajas, sin distinguir las absolutas de las comparativas: “Como son distintos los climas en la superficie del globo, sus diversas producciones se permutan ventajosamente” (Olivan, 1870, p.88). Más aún, su uso en la prensa fue esporádico y aludió a otras temáticas, como a las ventajas comparativas en el contexto militar (La Voz de México, 10/VII/1886, p.1), o a las absolutas en los terrenos jurídico (Periódico Oficial del Estado de Oaxaca, 16/II/1907, p.4) y deportivo (El Tiempo, 3/I/1909, p.3), evidencia de que la discusión sobre las ventajas comerciales no trascendía aún las fronteras de la discusión especializada.

Asimismo, pese a que Mill había usado ya el término de ventaja comparativa, en la literatura anglosajona continuó utilizándose, con frecuencia, la noción de costos. Verbigracia, si bien en su manual de comercio internacional publicado en 1929 el estadounidense Taussig tituló a su capítulo 16 “Ventajas comparativas y tarifas proteccionistas en los Estados Unidos”, distinguió tres tipos de casos a los que dedicó sus tres primeros capítulos: “(1) diferencias absolutas en costo; (2) diferencias iguales en costo; (3) diferencias comparativas en costo” (Taussig, 1929, p.3). Taussig definió la segunda categoría como aquélla en la que “la efectividad del trabajo es mayor” y “en igual grado” (Taussig, 1929, p.5) en la producción de dos mercancías dadas en dos países distintos, como se aprecia en el ejemplo del siguiente cuadro, donde Estados Unidos era 50% más eficiente en la producción de cobre y lino.

También vale la pena advertir que Taussig diferenció el tipo de ventajas absolutas presentes en las naciones tropicales y templadas, aseverando que “El tropical tiene una ventaja absoluta, a causa de sus condiciones climáticas, en varios productos; los países de la zona templada, y en especial aquéllos de la cultura europea, tienen, de manera similar, una ventaja absoluta, aunque descansando quizá no tan preponderantemente en causas físicas” (Taussig, 1929, p.17).

En el marco de los debates sobre el desarrollo y el subdesarrollo económicos de la segunda mitad del siglo XX, la distinción con respecto a qué ventajas comerciales tenían qué países revivió una vieja idea sobre la idoneidad de exportar manufacturas que, por ejemplo, recomendaba ya un manual de principios del siglo XIX cuando decía que: “se elija el [bien] mas útil y ventajoso, en cuanto sea posible, no exportando las primeras materias, de que abunde el país, sino trabajándolas y manufacturándolas, para sacarlas y venderlas después al extranjero, a fin de que las entradas sean las mayores posibles” (Genovesi, 1804, tomo 2, p.71). Así, las bondades del comercio exterior fueron cuestionadas a la luz de la posición negativa de los países exportadores de materias primas en la división internacional del trabajo. A finales de los años sesenta, el economista peruano Virgilio Roel apuntó, en referencia al clásico ejemplo dado por David Ricardo sobre el comercio Portugal-Inglaterra: “Portugal ‘creyó’ en esa argumentación y hoy es el país más pobre de Europa”. En torno a la insistencia de los teóricos anglosajones en las ventajas comparativas del comercio exterior, aseveró, además, que “la explicación de esta teoría a los países subdesarrollados frente a los desarrollados, conduce a la conclusión de que los primeros deben seguir insistiendo en producir los mismos bienes primarios de siempre […]” (Roel, 1969, p.2).

Flx.Flx (2009) República bananera. Nicaragua.

Para los años setenta del siglo XX, Torres Gaytán recuperaba cuatro tipos de ventajas comerciales: las diferencias absolutas de costos; los costos comparativos o relativos; las diferencias iguales de costos y la ventaja incomparable. En contraste con las diferencias absolutas de costos en las que dos países producían la misma mercancía, pero uno de ellos con ventaja absoluta de costos sobre el otro, la ventaja incomparable se presentaba “Cuando el país A produce un artículo que no produce el país B y éste produce otro artículo que no produce A y se establece intercambio entre ellos, el comercio surge debido a la carencia de la otra mercancía en cada país” (Torres Gaytán, 2003 (or.1972), p.81).

Fue en las últimas décadas del siglo XX cuando la utilización de los términos ventajas absoluta y comparativa alcanzó su clímax en el marco de los inicios de la globalización actual. Ya en la década de 1980, además de las variantes hasta aquí referidas sobre ventajas comerciales, se usaba el término ventaja competitiva, como en el texto “Esencialmente, los derechos compensatorios están destinados a contrarrestar la ventaja competitiva de que se benefician las exportaciones subvencionadas” (Acuerdo General de Aranceles y Comercio, 1990, p.31). Un diccionario la define como la que obtiene una empresa -o, podríamos añadir un país, como en la cita anterior- “cuando los competidores renuncian a tratar de imitar o copiar la estrategia que está aplicando” (Rodríguez, 2009, p.114). Empero, la acepción de este término es variable porque en otro diccionario reciente se le define como las ventajas “que no provienen de la dotación específica de recursos naturales de un país o de otros factores semejantes, sino de las habilidades y la tecnología que se incorporan a los procesos productivos” (Sabino, 1994, p.287).

BASF (2019) Digitalización en una planta productiva en Ludwigshafen.

Palabras relacionadas: ganancia, productividad, costo de oportunidad, recursos, trabajo, costos relativos, competencia.

Vínculos de interés:

“Absolute Advantage” (video) [2021] en Investopedia, https://www.investopedia.com/terms/a/absoluteadvantage.asp [Consulta: 25/X/21].

“Absolute vs. Comparative Advantage: What’s the Difference?” (video) [2020] en Investopedia, https://www.investopedia.com/ask/answers/033115/what-difference-between-comparative-advantage-and-absolute-advantage.asp [Consulta: 25/X/21].

“Ventaja comparativa y ventaja absoluta” (video) [s.f.]. California, Khan Academy,

https://es.khanacademy.org/economics-finance-domain/microeconomics/basic-economic-concepts-gen-micro/comparative-advantage-and-the-gains-from-trade/v/comparative-advantage-and-absolute-advantage [Consulta: 25/X/21].

Bibliografía

Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT) (1990) Noticias del Uruguay Round. Ronda de negociaciones comerciales multilaterales. Ginebra, División de Información y Relaciones de la Prensa del GATT Acuerdo General, de Aranceles Aduaneros y Comercio, julio. Disponible en Sitio Organización Mundial de Comercio https://docs.wto.org/gattdocs/s/UR/NUR/UNNUMBERED199007.pdf  [Consulta: 25/X/21].

Genovesi, Antonio, Abate (1804), Continuación de la primera parte de las lecciones de comercio o bien de economía civil, trad. Victorian de Villava, Madrid, Imprenta de Don José Collado, tomo 2º. Disponible en: https://digibug.ugr.es/handle/10481/7690 [Consulta: agosto de 2021].

Mankiw, N. Gregory (2004) Principios de Economía. 3ª edición, Madrid, McGraw-Hill / Interamericana.

Mill, John Stuart (1885 (or.1848)), The Principles of Political Economy. Nueva York, D. Appleton and Company. Disponible en: Sitio The Project Gutenberg EBook, https://www.gutenberg.org/files/30107/30107-pdf.pdf [Consulta: 25/X/21].

Real Academia Española (RAE) (2014) Diccionario de la lengua española, Edición del Tricentenario. Disponible en: https://dle.rae.es/ [Consulta: 25/X/21].

Ricardo, David (2003 (or.1817)), Principios de economía política y tributación. Estudio preliminar de John Reeder, trad. Paloma de la Nuez y Carlos Rodríguez Braun, Madrid, Ediciones Pirámide. Disponible en: Sitio Universidad del País Vasco

http://www.ehu.eus/Jarriola/Docencia/EcoInt/Lecturas/David%20Ricardo_Principios_VII_Comercio%20exterior.pdf [Consulta: 5 de agosto de 2021].

Rodríguez, Carlos E. (2009) Diccionario de economía etimológico, conceptual y procedimental. Edición especial para estudiantes. Mendoza, s.e. Disponible en: Sitio Eumed https://www.eumed.net/diccionario/dee/dee.pdf [Consulta: 5 de agosto de 2021].

Roel, Virgilio (1969) “Regiones marginadas. Desarrollo equilibrado” en Heraldo de México, Los Ángeles, 7 de marzo, p.2 [Publicado originalmente en El Comercio, Lima]. Disponible en: Base de datos Hispanic American Newspapers 1806-1980 en BIDI UNAM https://bidi.unam.mx/ [Consulta: 5 de agosto de 2021].

Sabino, Carlos (1991) Diccionario de economía y finanzas. Trad. Adriana Toro Vásquez, Caracas, Panapo. Disponible en: Sitio Universidad Francisco Marroquín http://paginas.ufm.edu/SAbino/ingles/book/diccionario.pdf [Consulta: 5 de agosto de 2021].

Smith, Adam (1997 (or.1776)) Investigación sobre la naturaleza y causas de la riqueza de las naciones. México, Fondo de Cultura Económica.

Taussig, F.W. (1929) International Trade. Nueva York, The MacMillan Company. Versión electronica: Disponible en: Sitio Internet Archive

https://archive.org/details/internationaltra032775mbp, [Consulta: 5 de agosto de 2021].

Torres Gaytán, Ricardo (2003 (or.1972)) Teoría del comercio internacional. 14ª ed, México, Siglo Veintiuno Editores.

Acerca de la autora

Isabel Avella Alaminos. Doctora en Historia (2006) por el Centro de Estudios Históricos de El Colegio de México. Realizó una estancia posdoctoral en la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Economía de la UNAM (2007-2009). Profesora de tiempo completo definitiva en el Departamento de Historia del Sistema Universidad Abierta y Educación a Distancia de la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM. Sus líneas de investigación son la historia del comercio exterior de México en el siglo XX y la historia de la historia económica.

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Balanza comercial

Autora: Isabel Avella Alaminos

La palabra balanza entendida como “dos platos distantes en fiel y en equilibrio” (Covarrubias, 1611, p.270) supone una comparación entre dos elementos y, como señalaba un manual del siglo XIX, “según su acepción económica es el resultado de la comparación del valor que tienen los productos del trabajo de un país y del valor de lo que consume su población” (Ganilh, 1854, p.70). En tanto, comercio es un intercambio o compra-venta de mercancías (RAE, 2014). De esta suerte, el término balanza comercial o de comercio (balance of trade, en inglés) alude al “Estado comparativo de la importación y exportación de artículos mercantiles en un país” (RAE, 2014); es decir, se trata de un registro de las mercancías adquiridas (importaciones) y vendidas (exportaciones) por un país en el exterior. Es importante subrayar que, aun cuando la palabra mercancía abarca, en principio, a bienes y servicios, la balanza comercial se refiere, concretamente, al intercambio de bienes.

La utilización del término se remonta al siglo XVII, cuando los mercantilistas desarrollaron la teoría de la balanza de comercio, cuya base era la idea de que el nivel de riqueza de una nación podía modificarse a través de los flujos del comercio exterior. Como, según los mercantilistas, la riqueza existente, traducida en una cantidad de metales preciosos dada, era fija, si una nación quería incrementarla debía elevar el valor monetario de sus exportaciones y disminuir el de las importaciones: “[…] cuando prevalecían las primeras, era favorable la balanza, y el comercio se consideraba activo; cuando sobrepujaban las segundas, balanza adversa y comercio pasivo. El hecho es que la importación equivale a la exportación.” (Olivan, 1870, p.90) Este planteamiento mercantilista fue el punto de partida de la evolución posterior del término.

En el siglo XIX el uso de la palabra tuvo un alcance espacial diferenciado. En algunas ocasiones estuvo asociado al análisis de la situación comercial de una unidad geográfica regional distinta a la de un país; así, por ejemplo, en el Estado de México se estableció una Dirección general de rentas y se estipuló que “La dirección formará anualmente la balanza de comercio […]” (El Sol. Post nubila Phoebus, 24/VII/1830, p.1), en referencia a los intercambios locales. En el otro extremo, se habló de la balanza más allá de un solo país, como en el título “La balanza de comercio entre las Américas” (La Iberia: diario de la mañana, 24/IV/1910). Incluso se llegó a plantear la existencia de una balanza comercial global, como sucedió en una publicación latinoamericanista cuando se decía, a propósito de Colombia: “En sentido económico necesitamos levantarnos, pensar en que existe la balanza comercial del mundo en la cual nos está correspondiendo la parte más desgraciada y ser potencia productora.” (Revista Latino-Americana, 30/VII/1900, p.980).

Sin embargo, el término refirió, por lo regular, al comercio exterior de un país con otro o con el resto del mundo -vgr., la balanza de comercio exterior de México de 1887-88 (El Economista Mexicano, 18/I/1890, p.320)- y su uso se relacionó con la discusión teórica sobre su alcance conceptual y utilidad en materia de política económica.

En cuanto a su alcance, fueron recurrentes las críticas a las limitaciones que había para calcular la balanza de comercio. Por ejemplo, el autor de un manual del siglo XIX se preguntaba: “¿Cómo y sobre qué bases se ha de establecer el valor de los productos extranjeros? ¿Por lo que ha costado el producirlos, por lo que valen en el mercado interior, o por lo que valdrán vendidos en mercado extranjero? […] Las mismas dificultades se presentan para valuar las importaciones.” (Ganilh, 1854, pp.71-72). Un semanario de la época señalaba a propósito de ello, que el concepto no tomaba en cuenta elementos como la reexportación que podían “modificar en sentido inverso el resultado del parangón que se establece entre las importaciones y las exportaciones.” (Semana Mercantil, 12/I/1890, p.568). Por añadidura, en otro texto se afirmaba que la balanza “[…] carecía de exactitud, porque ni podía comprender los valores remitidos por letras de cambio, ni otras prestaciones privadas, ni tampoco los movimientos clandestinos del contrabando.” (Olivan, 1870, p.91).

Con respecto a su utilidad, la transformación del término en el contexto del siglo XIX se vinculó con la idea del proteccionismo para desarrollar la economía propia, en contraposición con el libre comercio postulado por Adam Smith. Así, un manual de mediados de siglo precisó que la diferencia entre el sistema de balanza comercial antiguo, es decir, mercantilista, y el moderno, era “que el antiguo sólo tendía a acumular en la nación oro y plata, y el moderno a que todo se produzca dentro del país para que no dependa de los extraños.” (Anónimo, 1845, p.135). En este sentido, el economista germano List preguntaba, dirigiéndose a quienes afirmaban que la balanza de comercio era una falacia: “¿Cómo es que una balanza de comercio decidida y continuamente desventajosa ha estado siempre y sin excepción acompañada […] por crisis comerciales internas, revoluciones en precios, dificultades financieras, y quiebras generales […]?” (List, 1909 (or.1841), p.206).

Sin embargo, con la difusión de la economía liberal se fue abriendo camino la certeza de que el canon mercantilista debía, cuando menos, matizarse. Sobre “la política de lograr una ‘balanza de comercio’ favorable mediante el incremento de las exportaciones y la disminución de las importaciones, suponiendo así que la ganancia en el comercio internacional no era mutua”, John Stuart Mill asentó que el error era suponer que una nación podía comprar sin vender y en ignorar que el dinero era un instrumento, no el fin de la economía (Mill, 1885 (or.1848), p.11). En apoyo a estas ideas, un semanario comentó: “el fenómeno que ofrece Inglaterra desde hace más de medio siglo, con un exceso enorme de importaciones sobre exportaciones, derriba y nulifica la idea de que un pueblo, para florecer, necesita equilibrar el balance de su comercio exterior.” (Semana Mercantil, 12/I/1890, p.568). Más aún, una revista afirmaba, categóricamente, que “La Balanza de Comercio dio origen a absurdos tratados diplomáticos, a guerras muy sangrientas, al desprestigio de todas las industrias y a conflictos muy graves y constantes entre la libertad natural del trabajo y las restricciones que imponía el sistema de la Balanza.” (Revista Financiera Mexicana. Semanario estadístico, comercial e industrial, 24/I/1890, p.1).

Durante la primera mitad del siglo XX la acepción de la balanza comercial continuó siendo motivo de debates sobre su pertinencia y utilidad. Una publicación temprana sostenía, por ejemplo: “Mientras los Gobiernos sólo piensan en cerrar las compuertas aduaneras, para que la balanza comercial no les resulte contraria, el socialismo científico demuestra que tal pretensión es insensata […]” (“El problema de la carne”, El Progreso de México, 8/X/1910, p.438). Por su parte, un diario observó que una balanza comercial favorable no necesariamente garantizaba el equilibrio monetario: “Llama poderosamente la atención que, siendo la balanza comercial favorable a México en una proporción igual a casi el doble de nuestras importaciones, el oro tenga descuento contra los dólares, explicándose esa situación anómala por el hecho de que el importe de muchas de nuestras materias primas queda en el exterior.” Esto mostraba que los efectos de la balanza no sólo dependían del monto exportado, sino del perfil de las exportaciones (El Heraldo de México, 3/IX/1920, p.4).

En la misma línea crítica de pensamiento, en su monumental estudio sobre el mercantilismo, Eli Heckscher afirmó acerca de la teoría de la balanza de comercio: “sería fácil encontrar un sustento sólido contra su creencia [la de quienes abogaban por la balanza de comercio] en la efectividad de tal política -que no es infrecuentemente defendida por autores modernos también- […].” (Heckscher, 1935 (or.1931), vol.II, p.181). Por añadidura, Heckscher hizo hincapié, una vez más, en las implicaciones monetarias de la noción de balanza comercial, evidenciando sus limitaciones como instrumento equilibrador: “ellos [los mercantilistas] concluían que el excedente de importaciones o exportaciones necesariamente conducía a una transferencia de tantos metales preciosos como correspondiera con la balanza […] la debilidad central de este argumento es que no prestaron atención a las repercusiones del equilibrio del tipo de cambio y su efecto indirecto en la balanza de comercio misma […]. El tipo de cambio no necesariamente tiene conexión con el contenido metálico de las monedas.” (Heckscher, 1935 (or.1931), vol.II, pp.255-256).

Con todo, la impronta mercantilista siguió aflorando en forma recurrente. Por ejemplo, en un informe se asentó que “Los valores que mejor sirven para marcar el estado de los negocios de un país considerado en conjunto y en sus relaciones con los demás, son los de importación y exportación, verdaderos índices de la balanza comercial […]” (Periódico Oficial del Estado de Nayarit, 21/X/1920, p.5). Poco más de una década después, John Maynard Keynes revaloró de nueva cuenta la noción de balanza comercial al vincularla con las oportunidades de inversión de una economía: “Cuando el volumen de inversión total está determinado sólo por el deseo de ganancia, […] la magnitud de la inversión exterior estará necesariamente determinada por el volumen de la balanza favorable de comercio.” (Keynes, 1965 (or.1936), p.298). Con base en dicho argumento, Keynes afirmó que dirigía su crítica “[…] contra lo inadecuado de los fundamentos teóricos de la doctrina del laissez-faire […] contra la idea de que la tasa de interés y el volumen de inversiones se ajustan automáticamente al nivel óptimo, de manera que preocuparse por la balanza comercial sea perder el tiempo […].” (Keynes, 1965 (or.1936), pp.300-301). El eco de estas ideas resonaba todavía años más tarde en el titular “México debe adoptar una política económica que beneficie al país. El progreso de la nación depende del equilibrio de la balanza comercial” (La Prensa, 14/V/1959).

Empero, conforme avanzó el siglo XX se consideró a la balanza comercial, cada vez más, como uno entre varios balances de las diversas transacciones de un país con el exterior; así, en alusión al turismo, el articulista de un diario apuntaba a finales de los años treinta: “En los momentos difíciles, sus ingresos hacían vacilar el platillo poco cargado de nuestra balanza comercial” (León, Paul, La Prensa, 6 de noviembre de 1937, p.3). El turismo, por tanto, podía hacer contrapeso a una balanza comercial desfavorable.

De hecho, ya para la segunda mitad del siglo XX la noción de balanza comercial quedó subordinada, en definitiva, al concepto más general de balanza de pagos, que se convirtió en un indicador de primera importancia tras los acuerdos de Bretton Woods. En su manual sobre comercio internacional, el economista mexicano Torres Gaytán dedicó el punto número dos del tema “Estructura de la balanza de pagos” a la balanza de comercio o comercial, que forma parte de la cuenta corriente y “enumera y cuantifica el valor monetario de la totalidad de las compras y las ventas únicamente por las mercancías que un país intercambió con el exterior. Dicha evaluación se refiere siempre a un período determinado, generalmente un año” (Torres Gaytán, 2003 (or.1972), p.206). Aunque, en principio, esta definición abarcaba todas las mercancías, entendidas como bienes, el propio Torres Gaytán advertía que “Los renglones incluidos dependen del criterio que cada país adopte. Entre los renglones que están sujetos a criterios especiales pueden señalarse los siguientes: […] la compraventa de embarcaciones, la compraventa de oro y plata procedente de la actividad minera nacional, el contrabando, los envíos postales, la compraventa de gas y de energía eléctrica entre países limítrofes” (Torres Gaytán, 2003 (or.1972), p.207), entre otros, de manera que el contenido del término era y sigue siendo variable.

En suma, el término de balanza comercial ha pasado de ser un elemento asociado, en primera instancia, a medidas comerciales de corte mercantilista, a convertirse en una palabra técnica que refiere únicamente al saldo del valor importado contra el exportado, traducido en una ecuación contable que “puede ser interpretada como la igualdad, para cada país, entre el valor de sus importaciones y el valor de sus exportaciones cuando ambos son evaluados al nivel dado de precios internacionales”, en la que “la balanza de comercio siempre se balancea” (Gandolfo, 2014, p.46).

Palabras relacionadas:

exportaciones, importaciones, exportaciones netas, mercantilismo, proteccionismo, contrabando, balanza de pagos.

Vínculos de interés:

“Balanced Trade” (video) [2021], en Investopedia, https://www.investopedia.com/terms/b/balanced-trade.asp [Consulta: 25/X/21].

Banco de México- Sistema de Información Económica, “Balanza comercial de mercancías de México” https://www.banxico.org.mx/SieInternet/consultarDirectorioInternetAction.do?sector=1&accion=consultarCuadroAnalitico&idCuadro=CA176&locale=es [Consulta: 25/X/21].

INEGI, “Balanza comercial”, https://www.inegi.org.mx/temas/balanza/ [Consulta: 25/X/21].

Hemerografía:

El Economista Mexicano

Periódico Oficial del Estado de Nayarit

La Prensa

El Progreso de México

Revista Financiera Mexicana. Semanario estadístico, comercial e industrial

Revista Latino-Americana

Semana Mercantil

El Sol. Post nubila Phoebus

Bibliografía:

Anónimo (1845), Manual completo de economía política extractado de los mejores autores por un abogado del ilustre Colegio de Madrid. Madrid, Imprenta de D. Severiano Omaña.

Covarrubias Orozco Sebastián de (1611) Tesoro de la lengua castellana, o española. Compuesto por el licenciado Don Sebastian de Cobarrubias Orozco, capellán de su magestad, maestrescuela y canónigo de la Santa Iglesia de Cuenca, y Consultor del Santo Oficio de la Inquisición. Dirigido a la Magestad Catolica del Rey Don Felipe III. Nuestro señor. Madrid, Luis Sánchez Impresor. Disponible en: Sitio Internet Archive, https://archive.org/details/A253315/page/n201/mode/2up. [Consulta: abril de 2021].

Gandolfo, Giancarlo (2014) International Trade Theory and Policy. 2 a ed., Berlín, Springer (Springer Texts in Business and Economics), DOI 10.1007/978-3-642-37314-5.

Ganilh, Mr. antiguo diputado [francés] (1854) Diccionario analítico de economía política. Trad. D. Juan Díaz de Baeza, Madrid, Imprenta de D. Francisco Pascual. Heckscher, Eli F. (1935 (or.1931)) Mercantilism. Trad. Mendel Shapiro, Londres, George Allen & Unwin LTD, 2 vols. Disponible en: Vol I: https://archive.org/details/in.ernet.dli.2015.73610/page/n3/mode/2up y Vol II: https://archive.org/details/in.ernet.dli.2015.216108/page/n5/mode/2up [Consulta: abril de 2021].

Keynes, John Maynard (1965 (or.1936)) Teoría general de la ocupación, el interés y el dinero. 7ª ed., trad. Eduardo Hornedo, México, Fondo de Cultura Económica.

Mill, John Stuart (1885 (or.1848) The Principles of Political Economy. Nueva York, D. Appleton and Company. Disponible en: The Project Gutenberg EBook, https://www.gutenberg.org/files/30107/30107-pdf.pdf [Consulta: 5/VII/21].

Olivan, Alejandro (1870) Manual de economía política. Madrid, Imprenta de Anoz. Disponible en: Sitio Internet Archive https://archive.org/details/BRes101352 [19/III/21].

Real Academia Española (RAE) (2014) Diccionario de la lengua española, Edición del Tricentenario. Disponible en: https://dle.rae.es/ [Consulta: 5/VII/21].

Torres Gaytán, Ricardo (2003 (or.1972)) Teoría del comercio internacional. 14ª ed, México, Siglo Veintiuno Editores.

Acerca de la autora

Isabel Avella Alaminos

Doctora en Historia (2006) por el Centro de Estudios Históricos de El Colegio de México. Realizó una estancia posdoctoral en la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Economía de la UNAM (2007-2009). Profesora de tiempo completo definitiva en el Departamento de Historia del Sistema Universidad Abierta y Educación a Distancia de la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM. Sus líneas de investigación son la historia del comercio exterior de México en el siglo XX y la historia de la historia económica.

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Historia Comercial

Contrabando

Autora: Isabel Avella Alaminos

La palabra contrabando significa en contra del bando, siendo bando una disposición de la autoridad. Cuando el término apareció por primera vez en 1729 en un diccionario hispano, se le definió como “Contravención de alguna cosa que está prohibida por bando, publicado a voz de pregonero”, aunque enseguida se incluyó otra acepción referida al comercio exterior: “Mercadería, ropa o géneros de contrabando. Se llama así todo lo prohibido de introducir en estos Reinos, por ser de Países enemigos, con los cuales está cerrado el comercio” (RAE, 1729, Tomo II). Este último significado es la base de la definición actual de la RAE, según la cual el contrabando es la importación o exportación ilícita de mercancías (RAE, 2014).

A finales del siglo XVIII el estudioso Cesare Beccaria intentó teorizar, por primera vez, en torno al contrabando en su artículo “Tentativo analítico sui contrabbandi” (Beccaria, 1821 (or.1764)). Ya en el siglo XIX, la palabra se empleó con frecuencia en la prensa; incluso se le incluyó en contratos de concesiones a compañías (Archivo Mexicano, tomo I, núm.3, 1/XII/1852, p.219). Empero, estuvo casi ausente de los diccionarios y manuales de Economía; así, en su manual de más de 800 páginas, John Stuart Mill sólo hizo dos menciones a contrabando y contrabandistas (Mill, 1885, pp.639 y 692).

Ahora bien, el término experimentó algunos cambios en el curso del siglo XIX. Al iniciar dicha centuria se hacía referencia al contrabando en el contexto de las guerras napoleónicas (Gazeta del Gobierno de México, 17/VIII/1810, tomo I, núm.89, p.661), aunque en general la discusión se centró en el contrabando cotidiano. Aun cuando en México se usó más frecuentemente para aludir a la importación de contrabando, en especial en la frontera norte (El Siglo Diez y Nueve, 17/I/1872, p.1), también se empleó para hablar de las exportaciones ilegales de metales preciosos (El Partido Liberal, 30/III/1892, p.2).

Asimismo, en virtud de la magnitud del fenómeno, lo que se entendía por contrabando tendió a ampliarse con el fin de abarcar sus distintas aristas. Verbigracia, en México un decreto presidencial dispuso que la “sola desviación” de la ruta asentada en la guía de navegación “se considerará como caso de contrabando” (La Voz de México, 12/I/1872, p.1). Para finales del siglo XIX en la legislación aduanera mexicana se consideró que el contrabando existía: “[…] Cuando [mercancías, transportes y transportistas] se encuentren fuera de la ruta indicada en el documento que las ampare. […] hayan traspasado el punto de su destino. […] transiten sin el documento aduanal correspondiente. […] los documentos que las amparen tengan un origen fraudulento” (Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Campeche, 2/I/1892, p.2).

La valoración subyacente a la noción de contrabando tendió a ser negativa, al asociarse con el fraude y las prácticas inmorales; en un artículo se decía que, además de los bárbaros, el segundo mal mayor del estado de Chihuahua era “el del contrabando, que destruye el comercio de buena fe […] ese cáncer que todo lo carcome” (El Siglo Diez y Nueve, 4/VI/1852, p.1). Al mismo tiempo, se le consideró un resultado lógico del proteccionismo arancelario: “el contrabando es, por la naturaleza de las cosas y especialmente en países como México, que se prestan grandemente a él, el regulador de los derechos prohibitivos o exageradamente altos” (El Economista Mexicano, 16/I/1892, p.288). Incluso el economista germano Friedrich List, defensor del proteccionismo, apuntó que los artículos de lujo merecían la menor protección “porque los altos derechos protectores sobre estos artículos pueden ser evadidos fácilmente mediante el contrabando”. (List, 1909 (or.1841), p.220). Por su parte, un artículo estadounidense fue más allá en sus reservas al aseverar: “Es en verdad un capricho bastante hostil en una nación, el de perseguir el contrabando” (citado por La Lima de Vulcano, 10/X/1835, p.1).

Al despuntar el siglo XX la acepción de contrabando de guerra volvió a las primeras planas de los diarios, por ejemplo, a propósito de la guerra ruso-japonesa (El Economista Mexicano, 29/VII/1904, p.2), las dos guerras mundiales (El Demócrata: diario constitucionalista, 28/I/1916, p.2 y El Heraldo de Brownsville, 14/I/1940, p.1) y a raíz de la Ley seca estadounidense (1920-33), como se evidenció en títulos como “Un contrabando de licor decomisado en Nuevo Laredo” (La Prensa, 22/I/1933, p.1). Más allá de estas coyunturas, la noción de contrabando como práctica cotidiana siguió presente. El fenómeno estaba tan extendido, que en algunos textos se denominó al contrabando como una industria en sí misma; por ejemplo, en el caso de una población en Gibraltar, España, se aseveró: “La principal industria de esta ciudad es el contrabando” (El Diario del Hogar, 12/IV/1904, p.1).

Entre los años sesenta y setenta del siglo XX, en el marco de las teorías sobre el desarrollo de la segunda posguerra, el término pasó, finalmente, de la prensa a las discusiones académicas, en donde continuó el debate en torno a los beneficios y perjuicios económicos del contrabando. En una revista mexicana se recuperó la idea de que “el contrabando se debe a que reporta ventajas porque con los mismos recursos pecuniarios se compra más en el extranjero que en el país, o porque aquéllos resultan de mayor bondad que éstos” (Revista de Comercio Exterior, abril de 1968, pp.304-306). Por su parte, Bhagwati y Hansen, quienes propusieron un primer modelo para analizar el contrabando en la teoría del comercio internacional, iniciaron su estudio afirmando que, dada la magnitud del fenómeno en algunos países subdesarrollados, “[…] Hay la necesidad, por tanto, de mirar al contrabando no sólo como un problema moral y legal, sino también como un fenómeno puramente económico” (Bhagwati y Hansen, 1973, p.172) En este texto y en las discusiones subsecuentes, la noción de contrabando se conectó, positiva o negativamente, con las de aranceles, bienestar y términos de intercambio, como se advierte en el siguiente pasaje: “El contrabando es análogo a admitir un ‘país socio’ como importador a un costo mayor al del ‘país exterior’; el contrabando, por tanto, supone una pérdida en los términos de comercio, pero la ganancia en la producción y el consumo pueden contrarrestar esta pérdida […] Así, no podemos decir en general si el contrabando incrementa el bienestar o no en comparación con el comercio legal con el arancel” (Bhagwati y Hansen, 1973, p.175).

Para la década de 1990 las discusiones teóricas dieron lugar a un abanico más amplio de variantes de la palabra contrabando para precisar sus distintos matices; por ejemplo, el uso de “contrabando camuflado” para referirse al realizado por algunos agentes del comercio legal que vendían mercancías legales e ilegales a la par, así como a “pesar mal o facturar mal las importaciones para evitar derechos aduanales” (Thursby, Jensen y Thursby, 1991, pp.790-791). En el mismo sentido, otro autor afirmó con posterioridad que “en la realidad hay muchas otras formas de transacciones ilegales en el comercio internacional que podrían ser definidas como ‘casi-contrabando’. Por ejemplo, sobre o sub-facturación en el curso de transacciones, independientemente de ello, legales” (Gandolfo, 2014, p.154). Sin duda, este interés por dar un nombre específico a las diversas modalidades del contrabando da cuenta de la vigencia del fenómeno.

Palabras relacionadas:

aduanas, arancel, proteccionismo, prohibición, industria, bienestar, costos, términos de intercambio, corrupción.

Vínculos de interés:

(2005) América Latina en la Historia Económica. Dossier temático: contrabando, número 24, julio-diciembre, http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1405-22532005000200006 [Consulta: 26/X/21].

Andreas, Peter (Brown University), A History of Smuggling in American (video) , en Oxford University Press’s Academic Insights for the Thinking World (blog) https://blog.oup.com/2013/02/smuggling-american-history/ [Consulta: 26/X/21].

Hemerografía:

Archivo Mexicano

Boletín del Ministerio de Hacienda

Gazeta del Gobierno de México

El Demócrata: diario constitucionalista

El Diario del Hogar

El Economista Mexicano

El Heraldo de Brownsville

La Lima de Vulcano

El Partido Liberal

Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Campeche

La Prensa

Revista de Comercio Exterior

El Siglo Diez y Nueve

La Voz de México

Bibliografía:

Bhagwati, Jagdish y Bent Hansen (1973) “A Theoretical Analysis of Smuggling”, en The Quarterly Journal of Economics, vol.87, núm.2, mayo, pp.172-187. Disponible en: base de datos JStor https://www.jstor.org/stable/1882182 [Consulta: 13 de septiembre de 2021].

Beccaria, Cesare (1821 (or.1764)) Tentativo analítico sui contrabbandi. Estratto dal foglio periódico intitolato Il Cafffè, en Opere di Cesare Beccaria, Milán, Dalla Societá Tipogr. dei Classici Italiani, vol.I, pp.427-430. Disponible en: Sitio Internet Archive https://archive.org/details/operedicesarebec0102becc/page/n17/mode/2up [Consulta: 10 de septiembre de 2021].

Gandolfo, Giancarlo (2014) International Trade Theory and Policy. 2a ed., Berlín, Springer (Springer Texts in Business and Economics), DOI 10.1007/978-3-642-37314-5

List, Friedrich (1909 (or.1841)) The National System of Political Economy. Trad. Sampson S. Lloyd, NY, Longmans, Green and Co. Sitio Online Library of Liberty, http://oll.libertyfund.org [Consulta: 19/III/21].

Mill, John Stuart (1885 (or.1848)) The Principles of Political Economy, NY, D. Appleton and Company. Disponible en: Sitio The Project Gutenberg EBook, https://www.gutenberg.org/files/30107/30107-pdf.pdf [Consulta: 25/X/21].

Real Academia Española (RAE) (1729) Diccionario de autoridades, Tomo II. Disponible en: https://apps2.rae.es/DA.html [Consulta: 26 de agosto de 2021].

Diccionario de la lengua española (2014) Edición del Tricentenario. Disponible en: https://dle.rae.es/contrabando?m=30_2 [Consulta: 26 de agosto de 2021].

Thursby, Marie, Richard Jensen y Jerry Thursby (1991) “Smuggling, Camouflaging, and Market Structure”, en The Quarterly Journal of Economics, vol.106, núm.3, Agosto, pp.789-814. Disponible en: base de datos Jstor https://www.jstor.org/stable/2937927 [Consulta: 13 de septiembre de 2021].

Acerca de la autora

Isabel Avella Alaminos. Doctora en Historia (2006) por el Centro de Estudios Históricos de El Colegio de México. Realizó una estancia posdoctoral en la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Economía de la UNAM (2007-2009). Profesora de tiempo completo definitiva en el Departamento de Historia del Sistema Universidad Abierta y Educación a Distancia de la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM. Sus líneas de investigación son la historia del comercio exterior de México en el siglo XX y la historia de la historia económica.

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Historia Comercial

Commodity

Autor: Isabel Avella Alaminos

Esta palabra de origen latino comenzó a utilizarse en los diccionarios de lengua inglesa desde 1400. En un inicio se refirió a beneficio o conveniencia; fue a partir de 1429 cuando el término empezó a ser definido como “un artículo / clase de mercancía” (The Historical Thesaurus of English), significado que prevaleció sin cambios hasta la tercera década del siglo XX. Hacia esta última fecha commodity comenzó a emplearse en la terminología del comercio exterior en su acepción actual como “un bien estandarizado, que es comerciado a granel y cuyas unidades son intercambiables” (Black, Hashimzade y Myles, Oxford Dictionary of Economics). Aun cuando la Real Academia de la Lengua Española señala que el uso de este anglicismo es innecesario porque puede sustituirse por mercancía, artículo o bien de consumo, producto básico o materia prima (RAE, 2005), su utilización se ha popularizado en las últimas décadas.

A diferencia de otros términos relativos al comercio exterior, la historia de esta palabra es difícil de rastrear. Parece ser que el cambio en el significado de commodity se originó en la legislación estadounidense del siglo XX temprano. En 1922 el Congreso de Estados Unidos aprobó la Grain Futures Act “para la prevención y la remoción de obstrucciones y cargas en el comercio interestatal de grano mediante la regulación de transacciones de intercambios futuros de grano, y otros propósitos” (Digest of Commodity Exchange Act, 1936, [p.1]). Tras su modificación en junio de 1936, la ley fue denominada Commodity Exchange Act; la palabra grano fue sustituida por commodity en razón de que lo dispuesto en la legislación se amplió al comercio futuro y tratos de otras mercancías además de los granos. Así, en ella commodity aludió a trigo, algodón, arroz, maíz, avena, cebada, centeno, semilla de lino, sorgo, pienso, mantequilla, huevo y papa (Digest of Commodity Exchange Act, 1936, [p.1]). De manera paralela, en este periodo de entreguerras se firmaron varios acuerdos de mercancías -los commodity agreements- relativos a productos primarios de exportación de consumo masivo, como hule, té, estaño y azúcar (Bauer, 1974, pp.611, 615), lo que quizá reforzó la asociación de commodity con alimentos y materia prima. Sea como fuere, el hecho es que en 1943, en medio de la segunda Guerra Mundial, commodity entendida como “alimento / materia prima objeto de comercio” fue incluida por primera vez en un diccionario de habla inglesa (The Historical Thesaurus of English).

El uso del término con este significado se extendió con cierta rapidez a nivel internacional, pues para 1954 ya se empleaba en el marco de la Organización de las Naciones Unidas. De ello da cuenta un informe realizado a petición del organismo, una de cuyas propuestas era “la creación de una institución internacional con fondos suficientes y con autoridad definitiva que sea algo así como el Fondo Monetario Internacional pero en el campo de las comodidades”, entendidas como productos básicos (Wionczek, 1954, p.135).

Con el paso del tiempo este significado adquirió un sentido cada vez más amplio. Desde 1956 la revista estadounidense Southern Economic Journal publicó un comentario que apuntaba en esa dirección; en él se definió al vocablo como una cierta mercancía consistente en productos homogéneos, no necesariamente agrícolas, “de un grupo de firmas [que] se relacionan entre sí por altas elasticidades cruzadas de demanda, y tienen bajas elasticidades cruzadas con otros bienes…”. El mismo texto adelantó una definición alternativa de commodity en términos del cálculo diferencial y desde la perspectiva del consumidor: “Si una mercancía es homogénea, los consumidores no distinguen entre los productos de las firmas que conforman la industria” (Fauraker, 1956).

Aunque todavía en los años setenta del siglo XX commodity refería, en primera instancia, a materias primas, por ejemplo al petróleo, a principios de la década de 1980 la versión actualizada de la Commodity Exchange Act estadounidense precisaba que, tras su modificación, la ley definía commodity como “todos los ‘bienes y artículos’ y todos ‘los servicios, derechos e intereses’ que pudieran hoy o en el futuro ser sujetos de contratos futuros”, es decir, de transacciones negociadas de antemano para adquirir o vender mercancías físicas e intangibles en un tiempo determinado en el futuro. Por tanto, el término se delimitó en función de las características del intercambio de estas mercancías. Entre los ejemplos de commodities, además de granos, alimentos agrícolas y metales, incluía: ganado, carne, jugo de naranja, así como futuros de moneda y tasas de interés (Davis, 1981, p.317), esto es, se aludía, quizá por primera vez, a elementos de la economía financiera.

De esta suerte, commodity se volvió un término cada vez más complejo, aunque sin perder su naturaleza de mercancía estandarizada. De hecho, por lo menos desde finales del siglo XXI se distingue entre commodities y productos, pues en la definición de estos últimos entran en juego la diferenciación, el nicho y la segmentación de mercado (Gordon, Hanneson y Kerr, 1999). Al respecto, un artículo de la primera década del siglo XXI, al resumir las características de commodity, matizaba esta idea y advertía que, si bien se trataba de productos no diferenciados en cuanto a su origen o sus cualidades para los que el precio determinaba la compra, había excepciones como “ciertos vinos, champagne, o productos como el café, el yogurt o el tabaco” diferenciados por su origen geográfico. Asimismo, al referirse a su importancia para la economía dentro de la balanza de pagos, el PIB sectorial y la seguridad alimentaria, el mismo artículo subrayaba el papel de los commodities en el comercio internacional “especialmente por su reciente relación con el mercado energético (por ejemplo el Etanol y el Biodiesel)”, así como por su comercialización mediante contratos de futuros porque “los commodities permiten una interrelación entre los mercados de bienes y servicios y financieros.” Por ello, de nueva cuenta incluyó como commodities a diversos activos financieros no considerados valores, como divisas, tasas de interés o referencia e índices bursátiles (Morales, 2008, pp.1-2). Sin duda, la apertura de mercados para commodities físicos de exportación, como los productos agrícolas, dio pie a esta conexión entre economía real y economía financiera, pues, como señalaba un artículo referido a Perú, la relevancia de la exportación de materias primas era tal para ciertas economías, “que sus monedas se conocen comúnmente como monedas commodities” (Tashu, 2018).

En los últimos años la importante presencia de los commodities en el mundo de los negocios ha dado lugar a una clasificación más pormenorizada de estas mercancías de acuerdo con su naturaleza: granos, agrícolas (conocidos como blandos porque son cultivados y su tiempo de almacenamiento es corto), energía, metales (conocidos como duros porque son excavados y extraídos), carne, financieros, índices y monedas (Caballero, 2012 y Lioudis, 2021). En este sentido, también se hace alusión a primary commodities, categoría que incluye tanto a mercancías agrícolas como a metales no ferrosos, minerales, perlas y piedras preciosas (United Nations Conference on Trade and Development, 2021). Asimismo, más allá de definírseles como mercancías básicas o poco elaboradas comerciadas a granel, se les identifica por los dos tipos de mercado en los que se realiza su intercambio: de spot (pago de contado) y de futuros (Caballero, 2012). Pese a ello, aún hoy en día esta acepción de commodity se encuentra más extendida en la esfera de los negocios y la mercadotecnia que en las publicaciones académicas especializadas sobre comercio internacional.

Palabras relacionadas:

materia prima, alimentos, specialty, producto, mercancía, marca.

Vínculos de interés:

DAILYFX Global Commodities. Worldwide Commodity Imports & Exports over the Last Decade.

Organización de Naciones Unidas (2014-2017) UN Comptrade Database.

UNCTAD, Commodities.

Bibliografía:

Bauer, P.T. (1974) “Commodity Agreements: Aid or Trade?, en International Journal, vol.29, núm.3, Economic Interdependence, otoño, pp.610-618. Disponible en: base de datos JStor https://www.jstor.org/stable/40201469 [Consulta: 4/X/21].

Black, John, Nigar Hashimzade y Gareth Myles (2017) Oxford Dictionary of Economics. 5a ed., Oxford, Oxford University Press. Disponible en: https://www.oxfordreference.com/view/10.1093/acref/9780198759430.001.0001/acref-9780198759430-e-459?rskey=Gb96j8&result=531 [Consulta: 14/X/21].

Caballero, José Luis (2012) “ABC de los commodities”, en El Economista, Sección Mercados, 11 de mayo. Disponible en: https://www.eleconomista.com.mx/mercados/ABC-de-los-commodities-20120511-0061.html [Consulta: 5/X/21].

Davis, Roy J. (1981) “Commodity Exchange Act: Statutory Silence is not Authorization for Judicial Legislation of an Implied Private Right of Action, The”, en Missouri Law Review, vol.46, núm.2, primavera, pp.316-336. Disponible en: https://scholarship.law.missouri.edu/mlr/vol46/iss2/2 [4/X/21].

Digest of Commodity Exchange Act (1936) Washington D.C., United States Department of Agriculture- Grain Futures Administration, junio. Disponible en: Sitio HathiTrust Digital Library https://babel.hathitrust.org/cgi/pt?id=coo.31924014008217&view=1up&seq=4&skin=2021 [Consulta: 14/X/21].

Fouraker, Lawrence E. (1956) “A Note on the Definition of a Commodity”, en Southern Economic Journal, vol.23, núm.1, julio, pp.80-82. Disponible en: base de datos JStor http://www.jstor.com/stable/1053620 [Consulta: 14/X/21].

Gordon, Daniel V., Rögnvaldur Hanneson y William A. Kerr (1999) “What is a Commodity? An Empirical Definition Using Time Series Econometrics”, en Journal of International Food & Agribusiness Marketing, vol.10. Disponible en: Sitio Taylor & Francis Online https://www.tandfonline.com/doi/pdf/10.1300/J047v10n02_01?needAccess=true [Consulta: 5/X/21].

The Historical Thesaurus of English (2020). 2a ed., Escocia, University of Glasgow. Disponible en: https://ht.ac.uk/category-selection/?word=commodity&label=&category=&year=&startf=&endf=&startl=&endl= [Consulta: 5/X/21].

Lioudis, Nick (2021) “Commodity vs. Product: What’s the Difference?”, Investopedia, actualizado al 13 de enero. Disponible en: Sitio Investopedia https://www.investopedia.com/ask/answers/021615/whats-difference-between-commodity-and-product.asp [Consulta: 18/X/21].

Morales, Hada Desirée de (2008) “La nueva dinámica del mercado de los commodities”, en Tópicos Económicos, Banco Central de Reserva [de El Salvador]. Departamento de Investigación Económica y Financiera, Año I, no.7, 15 de abril, pp.1-6. Disponible en: https://www.bcr.gob.sv/bcrsite/uploaded/content/category/611872653.pdf [Consulta: 15/X/21].

Real Academia de la Lengua Española (RAE) (2005) Diccionario panhispánico de dudas. Disponible en: https://www.rae.es/dpd/commodity [Consulta: 14/X/21].

Tashu, Melesse (2018) “Determinantes del tipo de cambio real de equilibrio en Perú: ¿Es el sol una moneda commodity?”, Revista Estudios Económicos, Banco Central de Reserva del Perú, 36, diciembre. Disponible en: https://www.bcrp.gob.pe/docs/Publicaciones/Revista-Estudios-Economicos/36/ree-36.pdf#page=12, pp.9-30 [Consulta: 15/X/21].

United Nations Conference on Trade and Development (2021) “UNCTAD product groups and composition (SITC Rev.3)”, en UNCTADSTAT, [s.l.], United Nations Conference on Trade and Development, 9 de junio, 5pp. Disponible en: https://unctadstat.unctad.org/en/Classifications/DimSitcRev3Products_DsibSpecialGroupings_Hierarchy.pdf

Wionczek, Miguel (1954) “Mercados de exportación y desarrollo económico”, en Comercio Exterior, abril, pp.1333-1336. Disponible en: http://revistas.bancomext.gob.mx/rce/sp/index_rev.jsp?idRevista=593 [Consulta: 4/X/21].

Acerca de la autora

Isabel Avella Alaminos. Doctora en Historia (2006) por el Centro de Estudios Históricos de El Colegio de México. Realizó una estancia posdoctoral en la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Economía de la UNAM (2007-2009). Profesora de tiempo completo definitiva en el Departamento de Historia del Sistema Universidad Abierta y Educación a Distancia de la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM. Sus líneas de investigación son la historia del comercio exterior de México en el siglo XX y la historia de la historia económica.

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Historia Comercial

Arancel

Autor: Isabel Avella Alaminos

La palabra arancel -proveniente del árabe rancel, que significa decreto- apareció por primera vez en un diccionario en castellano en 1611 (Covarrubias Orozco, 1611) y de manera general se refiere a una tarifa o tasa para el pago de servicios (RAE, 2014). De hecho, en inglés se le denomina tariff. Todavía durante el siglo XIX e inicios del siglo XX era frecuente encontrar el término con el significado de tarifa judicial (El Tabasqueño, 22/12/1850, p.1), religiosa (La Voz de la Religión, 19/09/1849, p.363) o incluso para la circulación interna de mercancías (Periódico Oficial del Estado de Durango. El Registro Oficial, 30/I/1848, p.5). En el ámbito del comercio exterior se le utiliza con la acepción de arancel aduanero, es decir, la tarifa pagada en las oficinas situadas en las costas o fronteras de un país por la entrada o salida de mercancías (RAE, 2014). Por tanto, se trata de un impuesto al comercio exterior.

Aunque en sus inicios el arancel fue un instrumento que los Estados emplearon con un fin fiscal para obtener recursos, durante los siglos XIX y XX cobró relevancia su vertiente proteccionista. Así, aun cuando su uso experimentó variantes y vaivenes, en ambas centurias la mayor o menor utilización del término estuvo relacionada con la discusión sobre la pertinencia de liberalizar o proteger el comercio exterior. Dentro de esta trayectoria, la palabra arancel apareció asociada a las propuestas protectoras, ya sea con una connotación positiva o negativa.

En concordancia con el significado de su raíz etimológica (decreto), el término se refirió en primera instancia a la legislación que establecía las tarifas de comercio exterior, como el Arancel de derechos de importación y tonelaje de 1847 (El Republicano, 6/05/1847, p.1). En ocasiones también se le empleó como sinónimo de la tarifa misma, casi siempre de importación, como en la expresión “el sistema protector, aferrado en los aranceles, es delicado en cualquier tiempo, y casi imposible en los actuales.” (Olivan, 1870, p.98). En este sentido, vale la pena mencionar la clasificación de las tarifas en específicas, según el peso o unidad de la mercancía, y ad valorem, en función del precio de ésta (ver vínculo de interés “¿Qué es un arancel y como funciona?”).

La utilización de la palabra arancel creció en los primeros años del siglo XIX hasta llegar a su mayor auge a mediados de dicha centuria. En ese contexto, en 1941 Friedrich List defendió el uso de los derechos arancelarios como el medio principal para que los países dotados de recursos, pero con un menor progreso económico, desarrollaran su manufactura doméstica, señalando: “Los intentos que han sido realizados por naciones individuales para introducir el libre comercio frente a una nación que es predominante en industria, riqueza y poder, y no menos distinguida por tener un sistema arancelario excluyente […] nos muestran que en esta forma la prosperidad de las naciones individuales es sacrificada sin beneficio para la humanidad en general […]” (List, 1909 (or.1841), p.95).

Mientras que en dicho momento había cierto optimismo con respecto a las bondades de los aranceles para fomentar la economía interna (Kindleberger, 1975), en la segunda mitad del siglo XIX la balanza se inclinó en pro de la liberalización, con excepciones como Estados Unidos, que introdujo el arancel McKinley en 1890. Así, mientras el economista estadounidense Frank William Taussig afirmaba que “[…] en general es verdad que en el caso de los Estados Unidos, como en el de Alemania, el avance de la mejora técnica ha sido extraordinariamente rápido durante el periodo de vigencia de un sistema de protección [arancelaria] alta” (Taussig, 1915, p.29), para otros autores el arancel se convirtió en una barrera indeseable ligada a fenómenos como el alza de precios y el contrabando, como asentaba un manual español de la época: “Al alejar la protección arancelaria de la concurrencia extranjera, ocasiona un perjuicio conocido a todos los consumidores nacionales, en utilidad exclusiva del monopolista productor […] Finalmente, hasta el reproche le cabe a la protección arancelaria, de fomentar el contrabando.” (Olivan, 1870, pp. 96-97)

En el siglo XX el uso de la palabra arancel fue, en comparación, menos recurrente y se afianzó como sinónimo de tarifa, más que de legislación tarifaria. En el marco de la crisis de 1929 el término revivió, en particular a raíz de la aprobación de la Ley Smoot-Hawley en 1930 con titulares como “El arancel norteamericano comentado en Francia” (La Prensa, 22 de julio de 1930, p.2) y obras como Tariffs: The Case Examined (1931). En ese contexto el arancel se asoció, casi siempre, con los derechos de importación, pues, como refería un manual de esos años “[…] los aranceles impuestos a la importación influyen de manera especial sobre la dirección del comercio” (Ellsworth, 1942 (or.1938), p.16).

Con el paso de los años, la presencia de otros instrumentos comerciales protectores como las cuotas y el control de cambios desplazaron la relevancia del arancel como herramienta del comercio exterior. Encontramos presente a la palabra una vez más en la segunda posguerra a propósito de la creación del Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT), que buscó lograr acuerdos “encaminados a obtener, a base de reciprocidad y de mutuas ventajas, la reducción sustancial de los aranceles aduaneros y de las demás barreras comerciales” (Organización Mundial de Comercio [1994], p.505). De manera paralela la recién creada Comisión Económica para América Latina (CEPAL) defendió el proteccionismo. Aunque el arancel también había sido usado desde antes para referirse a las tarifas en relación con las exportaciones, en la coyuntura de la segunda posguerra se le vinculó no sólo con su potencial para obtener recursos y cimentar la industria nacional, sino con sus efectos en los de términos de intercambio, de ahí que Jesús Reyes Heroles señalara: “a los países latinoamericanos les conviene que sus consumidores de productos naturales reduzcan sus aranceles” (Reyes Heroles, 1989 (or.1948), p.155). Casi diez años después, el uso del arancel repuntó hacia 1957, alentado, con seguridad, por la inminente creación de la Comunidad Económica Europea un año más tarde -iniciativa liberalizadora y proteccionista a la vez-, y su uso frecuente se extendió hasta finales de la década de 1970, cuando los paradigmas económicos se enfilaron hacia la globalización neoliberal actual.

El último pico del siglo XX en cuanto a la frecuencia del uso del término fue al inicio de los años noventa, cuando la palabra arancel volvió al primer plano durante la recta final de la Ronda de Uruguay, en plena globalización, y las iniciativas para liberalizar los intercambios internacionales consolidaron al poco tiempo la vieja idea de crear la Organización Mundial del Comercio (OMC). Con todo, dentro de la propia Ronda se reconoció que los aranceles eran “menos lesivos para la actividad económica” que otros instrumentos como los contingentes y se contempló una gama de términos derivados de la palabra arancel -progresividad arancelaria, crestas arancelarias, consolidaciones arancelarias y aranceles de “puro estorbo”- que nos muestra la ponderación diferenciada del arancel según sus características y funciones específicas; por ejemplo, los aranceles de “puro estorbo” se referían a “derechos inferiores al 5 por ciento y que aportan unos ingresos que quizá no lleguen a compensar el costo de los correspondientes trámites aduaneros” (GATT, julio de 1990, p.7).

Por más que iniciativas vayan y vengan para desaparecer los aranceles, éstos continúan siendo un instrumento básico de la política comercial, como se advierte no sólo en los manuales recientes sobre comercio internacional (Gandolfo, 2014, cap.10), sino en coyunturas como las negociaciones del Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (TPP) y, más recientemente, del T-MEC.

Vínculos de interés:

“Comercio y aranceles” (video) [s.f.]. California, Khan Academy.

“Hablemos de Comercio- Hablemos de aranceles” (video) [s.f.]. Ginebra, Organización Mundial de Comercio.

“¿Qué es un arancel y como funciona?” (video) [s.f.]. México, Instituto Nacional de Comercio Exterior y Aduanas.

Hemerografía:

El Republicano

El Tabasqueño

La Prensa

La Voz de la Religión

Periódico Oficial del Estado de Durango. El Registro Oficial

Bibliografía:

Covarrubias Orozco, Sebastián de (1611) Tesoro de la lengua castellana, o española. Compuesto por el licenciado Don Sebastian de Cobarrubias Orozco, capellán de su magestad, maestrescuela y canónigo de la Santa Iglesia de Cuenca, y Consultor del Santo Oficio de la Inquisición. Dirigido a la Magestad Catolica del Rey Don Felipe III. Nuestro señor. Madrid, Luis Sánchez Impresor. Disponible en: Internet Archive, https://archive.org/details/A253315/page/n201/mode/2up. [Consulta: abril de 2021].

Ellsworth, P.T. (1942, or.1938) Comercio internacional I. Teoría. Traducción de Javier Márquez y Víctor L. Urquidi, México, Fondo de Cultura Económica.

Gandolfo, Giancarlo (2014) International Trade Theory and Policy. 2 a ed., Berlín, Springer (Springer Texts in Business and Economics), DOI 10.1007/978-3-642-37314-5.

GATT (1990) Noticias del Uruguay Round. Ronda de negociaciones comerciales multilaterales. Ginebra, División de Información y Relaciones de la Prensa del GATT Acuerdo General, de Aranceles Aduaneros y Comercio, julio. Disponible en: Sitio Organización Mundial de Comercio https://docs.wto.org/gattdocs/s/UR/NUR/UNNUMBERED199007.pdf [Consulta: junio de 2021].

Kindleberger, Charles P. (1975), “The Rise of Free Trade in Western Europe, 1820-1875”, en The Journal of Economic History, vol.35, no.1, marzo, pp.20-55.

List, Friedrich (1909 (or.1841)) The National System of Political Economy. Trad. Sampson S. Lloyd, Nueva York, Longmans, Green and Co. Disponible en: Sitio Online Library of Liberty, http://oll.libertyfund.org [Consulta: 19/III/21].

Olivan, Alejandro (1870), Manual de economía política. Madrid, Imprenta de Anoz. Disponible en: Sitio Internet Archive https://archive.org/details/BRes101352 [Consulta: 19/III/21].

Organización Mundial de Comercio [1994] Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT de 1947). Disponible en: Sitio Organización Mundial de Comercio https://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/gatt47.pdf [Consulta: 25/X/21].

Real Academia Española (RAE) (2014) Diccionario de la lengua española, Edición del Tricentenario. Disponible en: https://dle.rae.es/ [Consulta: 25/X/21].

Reyes Heroles, Jesús (1989 (or.1948) La Carta de La Habana [edición facsimilar. México, Facultad de Economía-UNAM.

Taussig, Frank William (1915) Some Aspects of the Tariff Question. Cambridge / London, Harvard University Press. Disponible en: Sitio Online Library of Liberty https://oll-resources.s3.us-east-2.amazonaws.com/oll3/store/titles/293/0072_Bk.pdf [Consulta: junio de 2021].

Acerca de la autora

Isabel Avella Alaminos. Doctora en Historia (2006) por el Centro de Estudios Históricos de El Colegio de México. Realizó una estancia posdoctoral en la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Economía de la UNAM (2007-2009). Profesora de tiempo completo definitiva en el Departamento de Historia del Sistema Universidad Abierta y Educación a Distancia de la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM. Sus líneas de investigación son la historia del comercio exterior de México en el siglo XX y la historia de la historia económica.